En este post-entrevista vamos a resolver las preguntas que más nos suelen hacer sobre los impuestos relacionadas con los impuestos de criptomonedas.
Para ello, contamos con la participación de Javier Cuadrado, abogado especializado en materia de fiscalidad de nuevas tecnologías y que participa como asesor en nuestro curso de criptomonedas y finanzas descentralizadas Mastering Crypto.
La entrevista
Si quieres ver directamente la entrevista que el hicimos en el último webinar a Javier Cuadrado aquí tienes el vídeo:
???? Webinar sobre fiscalidad en las criptomonedas para 2022 con Javier Cuadrado. Asesor fiscal que ofrece sus conocimientos a los alumnos del programa Mastering Crypto.
Conclusiones: la regulación es (casi) una realidad
Se terminó la fiesta, al menos en Europa.
Si bien hemos tenido varios años de cierta ambigüedad (e incluso se podría decir que de una especie de libertinaje) con las criptomonedas podemos decir que todo parece indicar que este 2022-2023 la regulación y el control sobre las criptomonedas van a pasar al siguiente nivel.
Las futuras votaciones sobre la propuesta MiCa, ahora ya en plena efervescencia, empiezan a dejar ver el régimen de supervisión que tiene pensado aplicar la UE sobre los criptoactivos.
Lejos de asustarnos, como usuarios e inversores en criptomonedas que somos debemos disponer de todas las herramientas de control y gestión que nos ayuden de cara a futuras tributaciones, peticiones de información por parte del fisco, etc.
Al fin y al cabo, se trata de hacer bien las cosas, ¿no? Independientemente de si luego tenemos que tributar por ellas, el caso es que debemos tener un control e información sobre nuestras inversiones.
(Dicho de otra manera, tendríamos que poder saber fácilmente si estamos ganando o perdiendo con nuestras crypto-inversiones).
¿Qué impuestos de criptomonedas tenemos que pagar?
Por lo general, los impuestos de criptomonedas que tiene que pagar el usuario de criptomonedas medio español están directamente suscritos al hecho de obtener ganancias patrimoniales (o pérdidas) por sus inversiones en criptomonedas.
Es decir, si por ejemplo compramos Bitcoin en 2020 a 10.000 euros y lo vendimos en 2021 a 45.000 euros, deberemos tributar la ganancia por la diferencia entre el precio de compra y de venta.
Pese a que existen varios impuestos relacionados con las criptomonedas (que comentamos con más detalle en la entrevista que tienes más arriba), la gran mayoría de las personas se encontrará que es el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) donde se tendrán que reflejar estas ganancias.
Por ese motivo, en este post nos centraremos en la renta (sobre todo por las fechas en las que nos encontramos ahora). La pregunta entonces es: ¿cuándo estamos obligados a presentar la declaración de la renta?
¿Cuándo tengo obligación de presentar la Declaración de la Renta?
Teniendo en cuenta que es en la Declaración de la Renta donde tendremos que reflejar nuestras ganancias o pérdidas por invertir en criptomonedas para pagar los impuestos pertinentes, lo más importante será saber si DEBEMOS DECLARAR nuestra renta.
En ese sentido, deberás hacer la Declaración de la Renta si cumples con alguno de estos 5 requisitos:
- Si tu sueldo bruto anual supera los 22.000 euros.
- Si tienes diversos sueldos que juntos superan los 14.000 euros (y el menor superar los 1.500 euros).
- Si has percibido rendimientos de capital mobiliario (intereses bancarios, dividendos y rendimientos de productos bancarios) y ganancias patrimoniales de más de 1.600€ anuales.
- Si has tenido más de 1.000€ de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones relacionadas con adquisición de vivienda de protección oficial u otras ganancias derivadas de ayudas públicas.
- Si eres Autónomo y has ganado más de 1.000€.
En caso de que cumplas alguno de estos requisitos, deberás presentar la Declaración de la Renta y tener en cuenta tu situación en relación de tus inversiones en criptomonedas.
¿Qué se considera ganancia o pérdida en las criptomonedas?
Partimos de la base de que, por el momento, apenas hay regulación en materia de criptomonedas en nuestro país, lo que genera cierta inseguridad jurídica.
Otro problema reside en las concepciones erróneas de muchas personas. Un ejemplo es que la mayoría de personas piensan que sólo hay que declarar las ganancias obtenidas con las criptomonedas al cambiarlas a fiat (euros o cualquier divisa), pero realmente esto no es así.
Lo que ocurre en estos casos es que la naturaleza jurídica que la Administración les atribuye es la de “permuta”, por lo que tributarán en función de la variación patrimonial sufrida, es decir como ganancia o pérdida patrimonial (GPP).
Para que lo entiendas mejor, cualquier operación de compra venta se considera permuta y, por lo tanto, es susceptible de ser gravada.
¿Permuta, variación patrimonial, GPP? Las GPP deberás integrarlas en el IRPF del periodo impositivo que se generen para aplicar los tipos impositivos correspondientes, que van del 19% al 26%.
La excepción se produce cuando no tienes otros ingresos y únicamente percibas rentas calificadas cómo GPP que el mínimo para presentar será de 1600€.
Si trabajas, compras $BTC y lo vendes por $USDT habiendo ganado, tienes que pagar impuestos. Si no trabajas, compras $BTC y lo vendes por $USDT habiendo ganado pasta, tienes que pagar impuestos solo si has ganado más de 1600€ a lo largo del año.
¿Por qué otro tipo de inversiones en criptomonedas debería pagar impuestos? Ejemplo de staking de cryptos
Como norma general, cualquier inversión u operación en criptomonedas que sea susceptible de generar un rendimiento deberá estar reflejada en la renta (si cumples con alguno de los requisitos que hemos mencionado anteriormente) y por lo tanto deberás pagar los consiguientes impuestos de criptomonedas.
Un claro ejemplo es el staking de criptomonedas. Existen diversos tipos de algoritmos de consenso que nos permiten generar rendimientos mientras ayudamos a hacer la red más resistente a ataques. Uno de ellos es el Proof of Stake (PoS).
Básicamente, si bloqueamos nuestras criptomonedas en un validador (lo que sería un minero en bitcoin), el algoritmo de consenso nos recompensa con nuevas criptomonedas, generando un interés sobre nuestras criptomonedas bloqueadas.
Por lo tanto, esta operación nos podría generar una rentabilidad, concretamente un Rendimiento sobre nuestro Capital y, por lo tanto, es susceptible de tenerse que incluir en la renta y generar un pago de impuestos.
Si quieres más información como ésta, únete a nuestro canal de Telegram:
¿Es posible la elusión fiscal de los impuestos de criptomonedas?
Sí, es posible tributar un 0% por nuestras criptomonedas.
¿Como es posible? Muy fácil. Nos encontramos en un sector en constante evolución, donde cada día salen más herramientas y sectores que a menudo quedan en zonas ‘grises’ y sin una regulación clara.
Así, aprovechando los pequeños huecos que existen en la ley, es posible eludir fiscalmente el pago de impuestos. Sin embargo, para ello necesitarás la ayuda de profesionales que no sólo sepan de impuestos sino también entiendan la tecnología blockchain y se desenvuelvan bien en sectores punteros como las finanzas descentralizadas (DeFi), los NFTs, etc.
Aprende fiscalidad con Mastering Crypto
En Mastering Crypto hemos creado un programa de formación en criptomonedas llave-en-mano donde encuentras todo lo que necesitas saber para invertir en criptomonedas como un profesional.
El programa está formado nuestros mejores cursos de inversión en criptomonedas y finanzas descentralizadas (Discovering Crypto y Discovering DeFi) con los que aprenderás a invertir en criptomonedas en tiempo récord.
Además de todos los webinars y contenido del curso, con Mastering Crypto tendrás acceso gratuito a los consejos en materia de fiscalidad de Javier Cuadrado, quien está disponible 24/7 en nuestra comunidad de Discord. Sin duda todo un lujo para cualquier persona que esté operando con criptomonedas y que quiera saber exactamente qué impuestos de criptomonedas deberá tener presentes para sus inversiones.
Te puede interesar…